Los seres humanos somos parte de la naturaleza y nuestros derechos humanos están interrelacionados con el entorno en que vivimos. Los daños ambientales interfieren en el disfrute de los derechos humanos y el ejercicio de esos derechos contribuye a proteger el medio ambiente y promover el desarrollo sostenible (Knox, 2018).
Si bien la Constitución Política de Colombia, y de ahí la Ley 99 de 1993 y el Decreto 2811 de 1994 entre otras, plantean que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y exaltan la necesidad de proteger y conservar los diferentes ecosistemas, el Estado colombiano no ha cumplido a cabalidad con este propósito.
Debido a la complejidad del asunto, y a la pérdida de sostenibilidad de los ecosistemas y patrimonios naturales, se ha venido generando un cambio a nivel constitucional, que plantea una transición en la jurisprudencia, que va de una visión antropocéntrica, a una ecocéntrica. Un proceso aún en construcción.
Dado lo anterior, han surgido una serie de sentencias estructurales, donde el aparato judicial identifica problemas sistemáticos en los ecosistemas debido al modelo financiero que incluye el extractivismo y el uso inadecuado de los mismos. Por ello, ordena acciones afirmativas con el fin de evitar la degradación de los ecosistemas y los posibles impactos sobre las comunidades que habitan estos territorios y su biodiversidad. Es así como, en el año 2016 con la sentencia T-622 de la Corte Constitucional, se logró un fallo trascendental para las comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato y que manifestaron afectaciones a la salud como consecuencia de las actividades mineras ilegales en la cuenca.
Estas acciones han ampliado el debate y lo han puesto a nivel de Tribunales y Asambleas, lo que impulsó otras propuestas en este sentido, por medio de las cuales se han declarado como sujeto de derechos el Parque Nacional Natural Los Nevados y los ríos Coello, Combeima y Cocora. Fallos nunca antes emitidos y promulgados, en la búsqueda de protección, recuperación y conservación de estos ecosistemas.
Mientras tanto en Santa Rosa de Cabal, gracias a la acción decidida de la comunidad, se logró integrar el comité cívico “Guardianes del Agua” y a partir de la exposición de las problemáticas, la concientización social y la participación de distintos profesionales en temas medioambientales, habitantes de la cuenca, líderes sociales y políticos, logramos que el Concejo Municipal aprobara un proyecto de acuerdo, por medio del cual se reconoció la cuenca del río Campoalegre como entidad sujeto de derechos. Un hecho sin precedentes en esta Corporación.
Las problemáticas de la cuenca son múltiples, van desde la degradación de suelos, pérdida de biodiversidad, contaminación, hasta la disminución del caudal del agua. Todo debido a la presión que hay sobre el ecosistema, por la variabilidad climática y la pérdida del glaciar del Nevado de Santa Isabel, así como los sistemas de producción con un manejo enfocado a la revolución verde, ganadería extensiva e intensiva, desaparición de bosque natural y cultivos para la extracción forestal. A lo que se suma, la posibilidad de implementación de pequeñas centrales hidroeléctricas, poniendo riesgo el agua para consumo humano y las actividades agroindustriales de la zona, lo que afecta los derechos fundamentales de los pobladores e interfiere en el alcance de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).
Por lo tanto, el Estado (instituciones, gobernaciones y alcaldías) deberá disponer de datos concretos sobre los efectos del daño ambiental en distintos sectores de la cuenca. Al igual que reconocer a la comunidad y respetar la soberanía, además de las dinámicas ambientales, culturales, sociales y políticas que hemos adoptado y las que estamos a punto de implementar en nuestro territorio en el marco del desarrollo sostenible, en la búsqueda de garantías para las generaciones futuras.
Hemos brindado una herramienta que le facilita a nuestros gobernantes pasar del discurso a las acciones concretas, estos implica la ejecución de políticas para materializar la defensa de la cuenca del Campoalegre conseguida con la declaratoria de sujeto de derechos.