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    Home » La Corte Suprema y “un grupo de abogados”.
    Análisis

    La Corte Suprema y “un grupo de abogados”.

    Duberney GalvisBy Duberney Galvisjulio 26, 2022No hay comentarios3 Mins Read2 Views
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    La noticia sobre la ponencia del Consejo de Estado en atención a una acción de nulidad contra la
    elección de siete magistrados de la Corte Suprema, pasó de desapercibida a desenfocada, luego
    que el reconocido periodista Daniel Coronell la reportara en su espacio radial de La W, “Reporte
    Coronell”. Tras varias hipótesis, el periodista concluyó que de declararse favorable la nulidad
    electoral, “el único ganador sería el agonizante gobierno de Iván Duque”.


    Pues bien, el “grupo de abogados” que presentó la acción de nulidad, y que no fue consultado por
    Coronell, lo configuraron varios estudiantes de la carrera de derecho de la Universidad Javeriana
    de Cali y su profesor Carlos Andrés Echeverry. Luego, a quienes conocemos al profesor, nos resulta
    fácil percibir el desinterés por darle oxígeno a Duque o cualquier otro gobierno de turno con una
    de estas acciones jurídicas y de origen académico.


    De hecho, es un incumplimiento del reglamento de la Corte Suprema de Justicia, el que soporta la
    acción de nulidad. La Corte no cumplió el requisito de su reglamento que determina reunir las
    mayorías establecidas para la elección de los siete magistrados. Y lo deberá resolver el Consejo de
    Estado.


    Entre otras cosas, media en términos de la doctrina del derecho, como nos compartió el profesor
    Echeverry, el principio de la intangibilidad del reglamento que, en este caso, debe ser cumplido y
    solo puede ser modificado por la misma Corte como lo establece la ley, y no lo hizo. ¿Cómo
    sostener, que siendo una atribución de la Corte Suprema darse su propio reglamento (Art 235
    C.P.), no hayan optado por modificarlo para votar con un número menor de magistrados?
    Además, el precedente citado por el periodista para comparar la presente situación con la elección
    de los entonces magistrados de la Corte tras la repudiable toma del palacio de justicia, es una tesis
    errada; según expone el docente, “no fue el presidente Betancur quien nombró a los nuevos
    magistrados como sostiene Coronell, fue la propia Corte Suprema de Justicia el órgano que eligió a
    sus integrantes bajo el sistema de cooptación, respaldada, eso sí, por una modificación temporal
    de las mayorías exigidas por su reglamento”. Válido recordar, los magistrados son elegidos por la
    misma Corte, de una lista suministrada por el Consejo Superior de la Judicatura.


    Por ende, vendría bien una precisión periodística. El hecho cierto es que el Consejo de Estado
    estudiará la ponencia para la demanda de un diligente profesor de derecho y sus estudiantes. No
    es un asunto de menor calibre que la Corte Suprema de Justicia deba cumplir plenamente las
    normas. Por lo demás, en caso de favorabilidad, es probable que la elección tenga que definirse
    durante el periodo de gobierno de Gustavo Petro.

    “un Abogados análisis Carlos E. Echeverry corte Corte Suprema de Justicia Daniel Coronell grupo opinión suprema uncategorized Universidad Javeriana
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    Duberney Galvis

    Es Licenciado en Comunicación y Especialista en Gestión Ambiental. Y escribe para varios medios regionales y nacionales.

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